Todo lo que necesitas saber antes, durante y después de tu visita a Hospital Siena. Estamos aquí para hacer tu experiencia lo más cómoda posible.
Es un honor brindarle la más cordial bienvenida a nombre de todo el equipo humano, es por ello que nos complace que usted y su médico nos hayan elegido para brindarle algo tan valioso como la atención médica de usted o su familia.
Todo el personal que integra este hospital, desde médicos y enfermería, incluyendo técnicos y personal de apoyo está enfocado en ofrecerle una excelente atención y Nuestro compromiso para brindarle seguridad y la más alta tecnología, así como una atención con calidad y calidez que comienza desde el momento en que usted ingresa a nuestro hospital.
Le invitamos a leer atentamente esta información, con el fin de que usted y sus familiares conozcan nuestros trámites y procesos y así poder brindarle un mejor servicio.
Muchas gracias por haber elegido al Hospital Siena en donde compartimos el anhelo y entusiasmo en nuestro actuar para que su salud siempre lo acompañe.
El presente reglamento obedece a las disposiciones en materia de salud establecidas por la secretaría de salud, COFEPRIS y políticas propias del hospital.
Su ingreso al hospital será por previa solicitud de su Médico tratante. En los casos de urgencia será valorado por el médico, el cual indicará si requiere hospitalización para su tratamiento y manejo médico y/o quirúrgico. Los trámites de ingreso se llevan a cabo en el área de admisión donde se le solicitará:
Cuando el monto haya sobrepasado el anticipo, nuestro personal de atención a pacientes le realizara una visita con la finalidad de que usted conozca el monto actualizado y se cubra un anticipado adicional durante la estancia hospitalaria.
Cuando sea el momento de salir del hospital, su médico tratante plasmará una orden de alta en el expediente clínico.
Esta orden de alta, especifica cuándo podrá retirarse del hospital y cualquier información adicional acerca de su cuidado.
Por favor cerciórese de hacer arreglos para su traslado a casa con antelación para hacer que el proceso de su alta sea más fácil para usted.
CAJA GENERAL
Aceptamos pago en efectivo, tarjeta de crédito, débito y transferencia interbancaria. El pago de honorarios médicos con tarjeta de crédito o débito generará un cargo extrapor comisión bancaria.
Si usted desea puede recibir una factura global o facturas por separado de su médico de cabecera o de cualquier médico especialista que haya consultado durante su cuidado, así como facturas de los servicios recibidos por el hospital.
Si desea la factura con datos fiscales, le agradecemos proporcione al área de admisión y de caja la siguiente información al momento de su egreso:
En caso de ser extranjero se requerirá
Al realizar su pago se le entregarán dos pases de salida, los cuales deberán ser presentados en central de enfermería y salida (guardias).
Es un documento que se establece entre al Paciente y el Médico Tratante, en base al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica que abarcan los artículos 80, 81,82 y 83 de la misma.
¿Para qué Sirve? Este documento sirve para que ambas partes, el paciente o su responsable, por un lado y el médico tratante por el otro, declaren en un documento que toda información pertinente a procedimiento (diagnóstico y/o terapéutico y/o analgésico) que se vaya a practicar, fue claramente explicada por el médico, incluyendo los riesgos y los beneficios, así como las alternativas.
¿Cuándo hay que firmarlo? Cuando ya se han agotado todas las dudas que existan y la información pertinente al caso sea clara y bien comprendida.
¿Quién debe firmarlo? El consentimiento bajo información debe estar firmado por el paciente y/o responsable legal que haya recibido y comprendido la información. El Médico que ha proporcionado la información y que está involucrado procedimiento u operación, también deberá firmar. En base al artículo 83 de la Ley General de Salud el documento también deberá ser firmado por dos testigos.
Firmará un consentimiento bajo información cada vez que requiera someterse a cualquiera de los siguientes tratamientos.
Obligaciones del paciente y su familia
Al requerir hospitalización usted deberá firmar los siguientes documentos como parte del registro hospitalario.
¿Qué es el contrato de prestación de servicios hospitalarios? Es el documento en donde se establece un convenio entre La Institución y quien demanda el servicio médico (paciente) para la realización de lo necesario para la atención médica hospitalaria y el cumplimiento en el pago por el servicio prestado.
¿Quién firma el contrato de prestación de servicios hospitalario? Este documento debe ser firmado por el paciente y por el responsable solidario del pago.
Este documento señala la autorización expresa del paciente a través de una solicitud a la Institución para llevar a cabo el tratamiento de su padecimiento bajo el compromiso legal de asumir los gastos generados por dicha atención.
¿Quién firma la hoja de autorización? Este documento debe ser firmado por el paciente y/o tutor.
Hola, en el siguiente número te pueden brindar la información necesaria 477 775 5000 ext. 491
En el siguiente link podrás encontrar toda la información y agendar en todo momento https://qrcd.org/4ccA